¿Le preocupa la cárcel o perder su licencia? Vamos a ver las defensas que puede tener y cómo puedo ayudarle con un cargo bajo 46.2-301 Va Código.
La ley de Virginia prohibe conducir mientras su licencia esta suspendida. Hay varias prohibiciones para conducir mientras esta suspendido, pero el cargo mas comun viene bajo 46.2-301 del Codigo de Va:
46.2-301 - Conducir con la licencia, permiso o privilegio de conducir suspendido o revocado.
A. Además de cualquier otra pena prevista por esta sección, cualquier vehículo de motor incautado o inmovilizado administrativamente en virtud de las disposiciones de § 46.2-301.1 puede, a discreción del tribunal, ser incautado o inmovilizado por un período adicional de hasta 90 días tras la condena de un infractor por conducir mientras su licencia de conducir, permiso de aprendiz, o privilegio de conducir un vehículo de motor ha sido suspendido o revocado por (i) una violación de § 18.2-36.1, 18.2-51.4, 18.2-266, 18.2-272, o 46.2-341.24 o una ordenanza o ley sustancialmente similar en cualquier otra jurisdicción o (ii) la conducción después de la adjudicación como un delincuente habitual, donde dicha adjudicación se basó en su totalidad o en parte en un delito relacionado con el alcohol, o cuando la licencia de dicha persona ha sido suspendida administrativamente en virtud de las disposiciones de § 46.2-391.2. Sin embargo, si, en el momento de la infracción, el infractor conducía un vehículo de motor propiedad de otra persona, el tribunal no tendrá jurisdicción sobre dicho vehículo de motor, pero podrá ordenar la incautación o inmovilización de un vehículo de motor propiedad exclusiva del infractor en el momento de la detención. Todos los gastos de incautación o inmovilización, incluidos los gastos de traslado o almacenamiento, serán pagados por el infractor antes de la liberación de su vehículo de motor.
B. Salvo lo dispuesto en §§ 46.2-304 y 46.2-357, ningún residente o no residente (i) cuya licencia de conducir, permiso de aprendizaje o privilegio para conducir un vehículo automotor haya sido suspendido o revocado o (ii) a quien un tribunal o el Comisionado le haya ordenado no conducir, o (iii) a quien se le haya prohibido, según lo prescrito por la aplicación de cualquier estatuto de la Mancomunidad o una ordenanza sustancialmente similar de cualquier condado, ciudad o pueblo, conducir un vehículo de motor en la Commonwealth a partir de entonces cualquier vehículo de motor o cualquier maquinaria autopropulsada o equipo en cualquier carretera en la Commonwealth hasta que el período de dicha suspensión o revocación ha terminado o el privilegio ha sido restablecido o una licencia restringida se emite de conformidad con la subsección E. Una notificación del secretario de la suspensión de la licencia por falta de pago de multas o costos dada de conformidad con § 46.2-395 será notificación suficiente a los efectos de mantener una condena en virtud de esta sección. Para los propósitos de esta sección, la frase "vehículo motorizado o cualquier maquinaria o equipo autopropulsado" no incluirá los ciclomotores.
C. Una violación de la subsección B es un delito menor de Clase 1. Una tercera infracción o infracciones subsiguientes que ocurran dentro de un período de 10 años incluirán un período mínimo obligatorio de reclusión en prisión de 10 días. Sin embargo, el tribunal no estará obligado a imponer una pena mínima obligatoria de reclusión en ningún caso en que un vehículo de motor sea operado en violación de esta sección en una situación de aparente extrema emergencia que requiera dicha operación para salvar la vida o la integridad física.
D. En caso de violación del inciso B, el tribunal suspenderá la licencia o el privilegio de la persona para conducir un vehículo automotor por el mismo período por el cual había sido suspendida o revocada previamente. En el caso de que la persona haya violado la subsección B conduciendo durante un período de suspensión o revocación que no era por un período de tiempo definido, el tribunal suspenderá la licencia, permiso o privilegio de conducir de la persona por un período adicional que no excederá los 90 días, que comenzará al expirar la suspensión o revocación anterior o que comenzará inmediatamente si la suspensión o revocación anterior ha expirado.
E. Cualquier persona que de otra manera es elegible para una licencia restringida puede solicitar a cada tribunal que suspendió su licencia de conformidad con la subsección D para la autorización de una licencia restringida, siempre que el período de tiempo durante el cual la licencia fue suspendida por el tribunal de conformidad con la subsección D, si se mide desde la fecha de la condena, ha expirado, aunque la suspensión en sí no ha expirado. Un tribunal puede, por causa justificada, autorizar al Departamento de Vehículos Motorizados a emitir una licencia restringida para cualquiera de los propósitos establecidos en la subsección E de § 18.2-271.1. No se emitirá ninguna licencia restringida a menos que cada tribunal que emitió una suspensión de la licencia de la persona de conformidad con la subsección D autorice al Departamento a emitir una licencia restringida. Cualquier licencia restringida emitida conforme a esta subsección estará en efecto hasta la expiración de cualquiera y todas las suspensiones emitidas conforme a la subsección D, excepto que terminará automáticamente a la expiración, cancelación, suspensión, o revocación de la licencia o privilegio de conducir de la persona por cualquier otra causa. Ninguna licencia restringida emitida conforme a esta subsección permitirá que una persona opere un vehículo motorizado comercial según se define en la Ley de Licencia de Conducir Comercial (§ 46.2-341.1 et seq.). El tribunal remitirá al Comisionado una copia de la autorización otorgada en virtud del presente apartado, en la que se enumerarán específicamente las restricciones impuestas y se incluirá la información relativa a la persona a la que se expide dicha licencia que sea razonablemente necesaria para identificarla. El tribunal también proporcionará una copia de su autorización a la persona, que no podrá conducir un vehículo de motor hasta que reciba del Comisionado una licencia restringida. La persona deberá llevar consigo en todo momento una copia de la licencia restringida expedida por el Comisionado mientras conduzca un vehículo de motor.
F. Cualquier persona que opere un vehículo de motor o cualquier maquinaria o equipo autopropulsado en violación de los términos de una licencia restringida emitida de conformidad con la subsección E de § 18.2-271.1 no es culpable de una violación de esta sección, pero es culpable de una violación de § 18.2-272.
Cuando defendemos cualquier cargo criminal, tenemos que mirar la ley y ver que piezas tiene que probar la Commonwealth. Estos son conocidos como los "elementos" de la ofensa. Para conducir en suspensión en virtud de 46.2-301 Va Código, el Estado debe probar:
1. Conducción - ¿Conducía usted? ¿O estaba usted fuera del vehículo cuando el agente se le acercó? Tal vez fue un caso de accidente, en el que la Commonwealth no está segura de quién estaba al volante.
2. Vehículo de motor - ¿Conducía un "vehículo de motor"? ¿O se trataba de otro tipo de vehículo, como un ciclomotor?
3. Suspendido - ¿Estaba su licencia suspendida en el momento de la supuesta conducción? Tal vez usted tenía una licencia restringida, pero el oficial no creía que usted estaba dentro de sus restricciones.
4. Aviso - ¿SABÍA usted que su licencia estaba suspendida? Si usted no sabía de la suspensión de la licencia (y no tenía razón para saber), eso podría ser una defensa al cargo.
Si le declaran culpable de Va Code 46.2-301, podrían imponerle varias penas diferentes:
1. Cárcel de hasta 12 meses,
2. Multa de hasta 2.500 dólares, y/o
3. Suspensión de la licencia.
Además, si has tenido 2 o más delitos previos bajo 46.2-301, la ley requiere que te den 10 días de cárcel mínima obligatoria.
La buena noticia es que podemos tener defensas a su cargo de conducir con una licencia suspendida. Podemos ser capaces de luchar contra diferentes partes del caso y argumentar que la Commonwealth no puede probar adecuadamente que usted es culpable.
Si usted consigue su licencia de nuevo antes de la corte, que también nos puede ayudar a minimizar el daño que se enfrenta. En algunos tribunales, llegando a juicio con su licencia en la mano podría obtener el cargo reducido a una multa de tráfico menor con sólo una pequeña multa a pagar.
¡Póngase en contacto conmigo hoy para discutir sus defensas y qué opciones puede tener para su caso!